Decreto Nro. 4.553: Nueva Expresión Monetaria

El Decreto N° 4.553, mediante el cual se decreta la nueva expresión monetaria, fue publicado en la Gaceta Oficial N° 42.185, el pasado viernes, 6 de agosto de 2021.

A partir del 1° de octubre de 2021, se expresará la unidad del sistema monetario de la República Bolivariana de Venezuela, en el equivalente a un millón de bolívares (Bs. 1.000.000) actuales. Todo importe expresado en moneda nacional antes de la citada fecha, deberá ser convertido a la nueva unidad, dividiendo entre un millón (1.000.000).

A partir del 1° de octubre de 2021, los estados financieros u otros documentos contables deberán expresarse conforme al bolívar en su nueva escala.

A partir del 1° de septiembre de 2021 y hasta que el Banco Central de Venezuela mediante Resolución disponga lo contrario, todos los instrumentos por los cuales se ofertan los precios de bienes y servicios así como otros que expresen importes monetarios, emplearán en su referencia la unidad de cuenta en su nueva expresión en los términos previstos en el artículo 1° del presente Decreto, así como la unidad de cuenta en su anterior expresión.

En caso de alguna duda respecto a la implementación de este Decreto N° 4.553, no dude en contactarnos, contamos con profesionales expertos en materia financiera, contable, tributaria y legal que le brindarán el mejor servicio.