El Decreto N° 4.577 fue publicado en la Gaceta Oficial N° 42.101 el 7 de abril de 2021. El Artículo 1 de este Decreto señala lo siguiente:
Artículo 1°. Se suspende por un lapso de seis (06) meses el pago de los cánones de arrendamiento de inmuebles de uso comercial y de aquellos utilizados como vivienda principal, a fin de aliviar la situación económica de los arrendatarios y arrendatarias por efecto de la pandemia mundial del coronavirus COVID-19.
En el plazo previsto en este artículo no resultará exigible al arrendatario o arrendataria el pago de los cánones de arrendamiento que correspondan, ni los cánones vencidos a la fecha aún no pagados, ni otros conceptos pecuniarios acordados en los respectivos contratos de arrendamiento inmobiliario.
Lo invitamos a leer los ocho (8) artículos que componen este Decreto N° 4.577 en el Boletín Informativo que con gusto hemos preparado para usted.
En caso de requerir alguna asesoría en relación con este Decreto u otro asunto legal, tributario o financiero, no dude en contactarnos.