Resolución Nro. 036/2022: Reglamento Técnico de Etiqueta de Lencerías y Artículos Textiles de Decoración

La Resolución N° 036/2022 mediante la cual se dicta el Reglamento Técnico de Etiqueta de Lencerías y Artículos Textiles de Decoración fue publicada en la Gaceta Oficial N° 42.419, el 15 de julio de 2022.

 

Todo fabricante nacional o importador de Lencerías y Artículos Textiles de Decoración debe inscribirse en el Registro Obligatorio de Fabricantes Nacionales e Importadores que a tal efecto llevará el Servicio Desconcentrado de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos (SENCAMER).

 

La Constancia de Registro Obligatorio de Fabricantes Nacionales e Importadores contendrá el número de inscripción asignado.

  1. La Constancia de Registro con fines comerciales, tendrá una vigencia de un (1) año y podrá ser renovada a solicitud de la parte interesada por períodos iguales.
  2. La Constancia de Registro sin fines comerciales, tendrá una vigencia de tres (03) meses y válida solo para el lote o factura de compra.
  3. Esta Constancia de Registro se emitirá solo para el producto descrito en la solicitud.

En caso de requerir asesoría para obtener la Constancia de Registro Obligatorio de Fabricantes Nacionales e Importadores o cual otro servicio legal, tributario, contable o financiero, no dude en contactarnos. Le atenderemos con la mayor eficiencia y profesionalismo.