La Resolución N° 036/2022 mediante la cual se dicta el Reglamento Técnico de Etiqueta de Lencerías y Artículos Textiles de Decoración fue publicada en la Gaceta Oficial N° 42.419, el 15 de julio de 2022.
Todo fabricante nacional o importador de Lencerías y Artículos Textiles de Decoración debe inscribirse en el Registro Obligatorio de Fabricantes Nacionales e Importadores que a tal efecto llevará el Servicio Desconcentrado de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos (SENCAMER).
La Constancia de Registro Obligatorio de Fabricantes Nacionales e Importadores contendrá el número de inscripción asignado.
- La Constancia de Registro con fines comerciales, tendrá una vigencia de un (1) año y podrá ser renovada a solicitud de la parte interesada por períodos iguales.
- La Constancia de Registro sin fines comerciales, tendrá una vigencia de tres (03) meses y válida solo para el lote o factura de compra.
- Esta Constancia de Registro se emitirá solo para el producto descrito en la solicitud.
En caso de requerir asesoría para obtener la Constancia de Registro Obligatorio de Fabricantes Nacionales e Importadores o cual otro servicio legal, tributario, contable o financiero, no dude en contactarnos. Le atenderemos con la mayor eficiencia y profesionalismo.