SUDEBAN Resolución Nro. 014.22: Normas relativas al Capital Mínimo para la Constitución y Funcionamiento de las Instituciones Bancarias

La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN) ha publicado la Resolución Número: 014.22 mediante la cual se dictan las Normas relativas al Capital Mínimo para la Constitución y Funcionamiento de las Instituciones Bancarias.

Las Instituciones del Sector Bancario referidas en el artículo 1 en un plazo no mayor de seis (6) meses, deberán adecuar su capital social para su operación y funcionamiento conforme a lo establecido en estas Normas, en cuyo caso, el monto del capital social será calculado con base en el Total del Activo reflejado en los estados financieros correspondientes al cierre del mes de diciembre de 2021.

La adecuación del capital social para operar y funcionar antes descrita podrá dividirse en dos (2) porciones iguales, aportadas cada una de ellas dentro de cada trimestre, contado a partir de la publicación de la presente Resolución.

Lo invitamos a conocer al detalle el contenido de esta Resolución Número 014.22, accediendo al Boletín Informativo que hemos preparado con mucho gusto para usted. Si desea recibir asesoría contable, financiera, tributaria o legal, no dude en contactarnos.